PLAN Vip
Si buscás una atención médica integral, con profesionales de primera, para atender tu salud de la mejor manera.
Mi Dr Esencial, es el plan ideal para tus necesidades y las de tu familia.
Este plan proporciona atención médica, consultas, estudio de laboratorio, cobertura en internaciones, atención odontológica, siempre bajo el cuidado de los profesionales más capacitados, con una atención personalizada.
1.1.1. Clínica Médica
1.1.2. Ginecología y Obstetricia
1.1.3. Pediatría
1.1.4. Cardiología
1.1.5. Gastroenterología
1.1.6. Traumatología y Ortopedia
1.1.7. Dermatología
1.1.8. Urología
1.1.9. Otorrinolaringología
1.1.10. Alergia
1.1.11. Nutricionista
1.1.12. Cirugía General
1.1.13. Cirugía Infantil
1.1.14. Mastología
1.1.15. Endocrinología
1.1.16. Flebología
1.1.17. Hematología
1.1.18. Neurología
1.1.19. Neumología
1.1.20. Cardiología infantil
1.1.21. Oftalmología
1.1.22. Reumatología
1.1.23. Proctología
1.1.24. Nefrología
1.1.25. Medicina Familiar
1.1.26. Diabetología
1.1.27. Geriatría
Consultas de urgencias las 24 horas en prestadores adheridos.
Servicio de ambulancia con médicos o paramédicos, dentro del radio de hasta 20 (veinte)
km. del centro de Asunción en condiciones de fácil acceso, incluye medicamentos y
descartables utilizados hasta un evento por día con intervalo de 24 horas, (exceptuando
el equipo de bioseguridad que será abonado por el asegurado al momento de la
prestación del servicio)
1.4.1. Psicología
1.4.2. Psiquiatría
1.4.3. Fonoaudiología
Con profesionales indicados en la Guía Médica vigente
Consultas, urgencias odontológicas, exámenes periódicos, profilaxis (limpieza simple),
fluorización, obturaciones provisorias, obturaciones con amalgama, inactivación de caries,
extracción de temporarios, extracciones móviles, extracciones seriadas, extracciones
simples, (se exceptúan las extracciones de terceros molares y las complicadas) equilibrio
oclusal por desgaste selectivo, remoción de perno y corona, diagnóstico y plan de
tratamiento, obturaciones con luz halógena simples, compuesta y complejas (1 por
beneficiario por año de contrato Excepto 3ros molares), Rx simples, , obturación con resina
liquida/ionómero
1.6.1. Hemograma
1.6.2. Glucosa
1.6.3. Urea
1.6.4. Creatinina
1.6.5. Colesterol Total
1.6.6. Triglicéridos
1.6.7. Ácido Úrico
1.6.8. VDRL
1.6.9. Orina Simple
1.6.10. Tipificación
1.6.11. Heces simples
1.6.12. Eritrosedimentación
1.6.13. Factor Reumatoideo – Artitest
1.6.14. Plaquetas
1.6.15. Colesterol HDL
1.6.16. Colesterol LDL
1.6.17. Colesterol VLDL
1.7.1. Electrocardiogramas: 3 (tres) veces por año de contrato
por beneficiario
1.7.2. Radiografías simples: 10 (diez) por beneficiario por
año de contrato
1.8.1. Toma de presión arterial
1.8.2. Enema evacuador, supositorio
1.8.3. Curación simple
1.8.4. Aplicación intra muscular
1.8.5. Aplicación endovenosa
1.8.6. Aplicación subcutánea
1.8.7. Colocación de venoclisis
1.8.8. Medicamentos y descartables hasta la suma de Gs.
200.000 (guaraníes doscientos mil) por evento (excepto
para nebulizaciones).
1.8.9. Nebulizaciones hasta 30 (treinta) eventos (no se
incluyen medicamentos y descartables).
1.9.1. Sondaje vesical
1.9.2. Lavado de oído
1.9.3. Sonda Naso-gástrica
1.9.4. Extracción de puntos
1.9.5. Curaciones de heridas infectadas y/o necróticas; o que
requieran desbridamiento
1.9.6. Taponamiento nasal
1.9.7. Enyesado y férula
1.9.8. Retiro de yeso, la primera vez
1.9.9. Extracción de cuerpo extraño de nariz u oído
1.9.10. Lavado gástrico.
1.9.11. Sutura
1.9.12. Honorarios médicos 100%
1.9.13. Derecho a sala
1.9.14. Medicamentos y descartables hasta la suma de Gs.
300.000 (guaraníes trescientos mil) por evento
- Hasta 10 (diez) sesiones por beneficiario por año de contrato, incluye ondas cortas, ultrasonido, infrarrojo, tracción cervical y kinesioterapia.
1.11.1. Drenaje de absceso
1.11.2. Extracción de nevus
1.11.3. Electro cauterización
1.11.4. Extirpación de Lipoma
1.11.5. Extirpación de Uña Encarnada
1.11.6. Honorarios Médicos
1.11.7. Sala de procedimientos
1.11.8. Medicamentos y descartables hasta la suma de Gs.
300.000 (guaraníes trescientos mil)
(Estos procedimientos hacen referencia solamente a su
forma convencional)
Hasta 03 (tres) veces por determinación por año de contrato y
por beneficiario:
1.12.1. Asto
1.12.2. Beta HCG
1.12.3. Bilirrubina total directa e indirecta
1.12.4. Calcio sérico
1.12.5. Calcio en orina 24 horas
1.12.6. Chagas IGG
1.12.7. Chagas IGM
1.12.8. Coombs directo
1.12.9. Coombs indirecto
1.12.10. Coprocultivo y Antibiograma
1.12.11. Cloruros
1.12.12. Esputo Frotis para Epstein Baar
1.12.13. Electrolitos
1.12.14. Fosfatasa ácida total
1.12.15. Fosfatasa alcalina
1.12.16. Fósforo
1.12.17. Frotis de sangre periférica
1.12.18. FT3
1.12.19. FTA-abs-ac IGG
1.12.20. FTA-abs-ac IGM
1.12.21. HBA1c (Hemoglobina glicosilada)
1.12.22. Heces seriado
1.12.23. Heces Frotis/Mucus fecal, Heces PH
1.12.24. Heces PH
1.12.25. Hepatograma
1.12.26. HIV
1.12.27. FT 4
1.12.28. Secreción vaginal Fresco y Gram
1.12.29. Orina rutina Cult. y ATB (urocultivo)
1.12.30. PAS libre
1.12.31. PAS total (Antígeno Prostático Específico)
1.12.32. Perfil proteico
1.12.33. Proteína C reactiva (PCR)
1.12.34. Proteínas totales-Orina 24 hs
1.12.35. Rubeola IGG
1.12.36. Rubeola IGM
1.12.37. Sec. Vaginal Cultivo y ATB
1.12.38. Test del piecito
1.12.39. Toxoplasmosis IGG
1.12.40. Toxoplasmosis IGM
1.12.41. TSH
1.12.42. T3
1.12.43. T4
1.13.1. Ecografías: hasta 5 (cinco) estudios del conjunto de
las determinaciones citadas abajo por beneficiario por año
de contrato, estos estudios hacen referencia solamente a
su forma convencional.
1.13.1.1. Obstétricas
1.13.1.2. Ginecológicas
1.13.1.3. Transvaginales
1.13.1.4. Abdominal completo
1.13.1.5. Abdominal superior
1.13.1.6. Abdominal inferior
1.13.1.7. Hígado, vesícula y vías biliares
1.13.1.8. Renal y vías urinarias
1.13.1.9. Vesico-prostática
1.13.1.10. De Pelvis
1.13.1.11. Mamarias
1.13.1.12. Ecografía de marcadores cromosómicos simple
1.13.1.13. Ecografía morfológica simple
1.13.2. Papanicolau y Colposcopía: hasta 4 (cuatro) veces por
año de contrato por beneficiario.
Hasta 4 (cuatro) eventos del conjunto de las determinaciones
citadas por beneficiario por año de contrato, estos estudios
hacen referencia solamente a su forma convencional:
Cobertura de honorarios del anestesiólogo a solicitud del
médico tratante, uso de sala y equipos en los sanatorios
designados según Guía Médica vigente (contraste y
descartables a cargo del paciente):
1.14.1. Anoscopía
1.14.2. Audiometría
1.14.3. Broncoscopía
1.14.4. Broncofibroscopía
1.14.5. Broncografía
1.14.6. Campo Visual
1.14.7. Cavum Contrastado
1.14.8. Cistoscopía
1.14.9. Cistografía
1.14.10. Colangiografía Endovenosa
1.14.11. Colangiografía Operatoria
1.14.12. Colangiografía Post-operatoria
1.14.13. Colangiografía Retrógrada simple
1.14.14. Colecistografía Oral
1.14.15. Colon Contrastado
1.14.16. Colon Doble Contraste
1.14.17. Colon por Ingestión
1.14.18. Colonoscopía
1.14.19. Curva Tensional
1.14.20. Densitometría Ósea
1.14.21. Dental Semiseriada
1.14.22. Dental Seriada
1.14.23. Doppler Vascular Periférico
1.14.24. Ecobiometría
1.14.25. Ecocardiografía con y sin Doppler B-D
1.14.26. Electroencefalograma
1.14.27. Endoscopía Alta
1.14.28. Endoscopía Baja
1.14.29. Endoscopía Nasal
1.14.30. Ergometría
1.14.31. Esófago, Estómago y Duodeno
1.14.32. Espirometría
1.14.33. Espinografía
1.14.34. Fistulografía
1.14.35. Flebografía
1.14.36. Galactografía Bilateral sin placa simple
1.14.37. Galactografía Bilateral previa
1.14.38. Mamografía Galactografía c/lado con previa
1.14.39. Galactografía s/placa simple 1 lado
1.14.40. Holter 24 horas
1.14.41. Impedanciometría
1.14.42. Intestino Delgado
1.14.43. Langiofibroscopía
1.14.44. Laringografía Contrastada
1.14.45. Laringoscopía
1.14.46. Linfografía 2 lados
1.14.47. Linfografía cada lado
1.14.48. Logaudiometría
1.14.49. Mamografía unilateral
1.14.50. Mamografía Bilateral
1.14.51. Monitoreo Fetal
1.14.52. Otorricroscopía
1.14.53. Ortopantografía
1.14.54. Perfil Biofísico Fetal
1.14.55. Pielografía Ascendente
1.14.56. Pielografía Endovenosa o Riñón contrastada
1.14.57. Punción Biopsia y/o evacuadora
1.14.58. Rectosigmoidoscopía
Los demás servicios especializados que puedan ser
realizados en las instituciones disponibles según Guía
Médica vigente, tendrán aranceles preferenciales.
2.1.1. De Abdomen completo
2.1.2. De Abdomen inferior
2.1.3. De Abdomen superior
2.1.4. De Cara
2.1.5. De Columna
2.1.6. De Columna cervical
2.1.7. De Columna dorsal
2.1.8. De Columna lumbar o sacro coxis
2.1.9. De Cráneo
2.1.10. De Miembros superiores e inferiores
2.1.11. De Oídos
2.1.12. De Órbitas
2.1.13. De Partes blandas
2.1.14. De Pelvis
2.1.15. De Peñasco
2.1.16. De Senos Paranasales
2.1.17. De Tórax
2.2.1. De Columna cervical
2.2.2. De Columna lumbar o sacra
2.2.3. De Columna dorsal
2.2.4. De Abdomen inferior
2.2.5. De Abdomen superior
2.2.6. De Abdomen completo
2.2.7. De Cadera o pelvis
2.2.8. De Cráneo
2.2.9. De Hombro
2.2.10. De Miembros superiores e inferiores
2.2.11. De Órbitas
2.2.12. De Senos paranasales
2.2.13. De columna
2.2.14. De Tórax
Biopsias simple
2.4.1. RMN de Cráneo
2.4.2. RMN de Rodilla
2.4.3. RMN de Columna Cervical
2.4.4. RMN de Columna Dorsal
2.4.5. RMN de Columna Lumbar
2.4.6. RMN de Abdomen Superior
2.4.7. RMN de Abdomen Inferior
2.4.8. RMN de Hombro
2.4.9. RMN de Cadera
2.4.10. RMN de pelvis
2.4.11. RMN de tobillo
2.4.12. RMN de ATM
2.4.13. RMN de Codo
2.4.14. RMN de Brazo
2.4.15. RMN de Encéfalo
2.4.16. RMN de Cara
2.4.17. RMN de Mediastino
2.4.18. RMN de Muñeca
2.4.19. RMN de Oído
2.4.20. RMN de Orbita
2.4.21. RMN de Partes Blandas
2.4.22. RMN de Pie
2.4.23. RMN de Muslo
2.4.24. RMN de Pierna
2.4.25. RMN de Senos Paranasales
2.4.26. RMN de Hipófisis
2.4.27. RMN de Cuello
Item 3.1
Pensión sanatorial sin cargo y sin costo (según disponibilidad
de la zona) en habitación privada con aire acondicionado,
televisión, baño privado, cama para acompañante,
alimentación normal y una visita por día del médico tratante
por 14 (catorce) días y hasta 7 días por evento por beneficiario
por año de contrato.
3.1.1. Internaciones Clínicas
3.1.1.1. Pensión sanatorial según ítem 3.1
3.1.1.2. Honorarios profesionales del médico tratante,
una visita por día
3.1.1.3. Medicamentos y descartables, hasta la suma de
Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil) por beneficiario
por evento por año de contrato
3.1.1.4. Interconsulta con especialistas solicitados por el
médico tratante (una interconsulta por evento)
3.2.1. Pensión sanatorial según ítem 3.1
3.2.2. Honorarios médicos 100%: Honorarios del
cirujano, ayudante, instrumentista y anestesiólogo, con
profesionales designados por MI DOCTOR, hasta el monto
establecido de acuerdo a la tabla de aranceles de las
sociedades médicas.
3.2.3. Derecho Operatorio 100%; los cuales serán
brindados en las instituciones sanatoriales designadas
oportunamente por MI DOCTOR, se exceptúan las
complicaciones.
3.2.4. Medicamentos y descartables hasta la suma de G.
500.000 (guaraníes quinientos mil)
La cobertura incluye:
3.3.1. Pensión Sanatorial según ítem 3.1
3.3.2. Honorarios médicos 100%: Honorarios del
cirujano, ayudante, instrumentista, anestesiólogo, con
profesionales designados por MI DOCTOR, hasta el monto
establecido de acuerdo a la tabla de aranceles de las
sociedades médicas;
3.3.3. Derecho operatorio 100%; los cuales serán
brindados en las instituciones sanatoriales designadas
oportunamente por MI DOCTOR, se exceptúan las
complicaciones.
3.3.4. Medicamentos y descartables hasta la suma de G.
500.000 (guaraníes quinientos mil)
3.3.5. Uso del equipo de video
MI DOCTOR, cubrirá 02 (dos) procedimientos quirúrgicos
por año de contrato por beneficiario por cualquiera de los
dos métodos (convencional o videolaparoscopia).
3.4.1. Internación
3.4.2. Luminoterapia 5 (cinco) días
3.4.3. Incubadora 5 (cinco) días
3.4.4. Carpa de oxígeno 5 (cinco) días
3.4.5. Nursery 5 (cinco) días
3.4.6. Derecho operatorio 100%
3.4.7. Honorarios médicos del gineco-obstetra, ayudante,
pediatra y anestesiólogo con profesionales designados por
MI DOCTOR o hasta el monto establecido de acuerdo a la
tabla de aranceles de las sociedades médicas
3.4.8. Medicamentos y descartables hasta la suma de G.
500.000 (guaraníes quinientos mil)
3.5.1. Internación
3.5.2. Luminoterapia 5 (cinco) días
3.5.3. Incubadora 5 (cinco) días
3.5.4. Carpa de oxígeno 5 (cinco) días
3.5.5. Nursery 5 (cinco) días
3.5.6. Derecho operatorio 100%
3.5.7. Honorarios médicos del gineco-obstetra, ayudante,
pediatra y anestesiólogo con profesionales designados por
MI DOCTOR o hasta el monto establecido de acuerdo a la
tabla de aranceles de las sociedades médicas
3.5.8. Medicamentos y descartables hasta la suma de G.
500.000 (guaraníes quinientos mil)
Los beneficiarios que no sean el titular o cónyuge y que deseen
gozar de la cobertura de parto normal o cesárea según los
términos del presente contrato deberán abonar una prima
adicional por maternidad sobre el precio estipulado en el
presente contrato
En este servicio, el precio contempla sólo al Titular o según prima adicional e incluye
“Zona Metropolitana”:
4.1.1. Féretro Standard para panteón, con visor, manijas
metálicas, lustrado y tapizado
4.1.2. Ambulancia para traslado a la empresa que prestará
el servicio
4.1.3. Preparación del cuerpo y formolización
4.1.4. Sala velatoria climatizada o capilla luminosa en su
domicilio
4.1.5. Servicio de cafetería y gaseosas
4.1.6. Servicio de mozo
4.1.7. Álbum para registro de asistentes
4.1.8. Trámites civiles y municipales
4.1.9. Una copia del Certificado de Defunción
4.1.10. Tarjeta de agradecimiento
4.1.11. Un anuncio en exequias
4.1.12. Vehículo ceremonial
4.1.13. Asesoramiento y servicio integral
“Zona Interior”
Monto fijo de G. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones) destinado a los gastos del sepelio.
En ambos casos la cobertura es por cada Beneficiario del servicio de sepelio indicado y
suscripto en la Solicitud de Contratación.
Vigencia para la cobertura de sepelio
Para tener derecho al usufructo de la Cobertura de Sepelio, el beneficiario debe cumplir con
los plazos fijados por MI DOCTOR que son los siguientes:
de 0 a 30 años, 6 meses; de 31 a 40 años, 9 meses; de 41 a 60 años, 12 meses; 61 a 70 años,
18 meses; 71 a 75 años, 24 meses.
Los beneficiarios que no sean el titular y que deseen gozar de esta cobertura según los
términos del presente contrato deberán abonar una prima adicional por sepelio sobre el precio
estipulado en el presente contrato.